Tenencia y refrendo en la CDMX: por qué cambian los plazos

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La tenencia y el refrendo en la CDMX tienen una regla fija y un detalle que cambia cada año: la regla fija es que el pago se hace en los primeros meses del ejercicio, y el detalle que se mueve es el subsidio, con sus requisitos, topes de valor y fechas límite. Por eso el plazo que escuchaste el año pasado puede no ser el de este año.
Esta guía es información general, no asesoría fiscal. Se leyó el Acuerdo de subsidio fiscal de 2026 (Gaceta Oficial de la CDMX del 16 de enero de 2026) y el Acuerdo que modificó el de 2024 (Gaceta del 2 de abril de 2024). No se leyó el Código Fiscal completo: sus artículos se citan como los menciona el propio Acuerdo de 2026.
Qué se paga y cuándo
Según los considerandos del Acuerdo de 2026, el Código Fiscal de la CDMX establece quiénes están obligados al impuesto sobre tenencia o uso de vehículos (artículo 160) y fija que el pago se hace dentro de los tres primeros meses del ejercicio fiscal (artículo 161). Es decir, la fecha base es de enero a marzo.
El mismo Acuerdo habla del refrendo, o derechos de control vehicular, como un pago aparte que se vuelve requisito para recibir el subsidio de la tenencia. No se leyó el monto del refrendo de 2026: la prensa lo reporta con cifras distintas y no hay una fuente oficial leída que lo respalde, así que aquí no se da una cifra.
El subsidio de 2026: a quién cubre
El Acuerdo de 2026 otorga un subsidio de 100 % de la tenencia de 2026. Estos son los puntos clave:
- Quién: personas físicas o morales sin fines de lucro.
- Qué vehículos: los de valor, con IVA, de hasta $638,000. Para motocicletas, el tope es de $250,000.
- Requisitos: estar al corriente en el pago de tenencia (de 2021 a 2025 y de la ley federal anterior), pagar el refrendo o los derechos de control vehicular de 2026 y cumplir el tope de valor.
- Vigencia: del 1 de enero al 31 de marzo de 2026.
- Qué pasa si no lo pides a tiempo: el numeral décimo segundo establece que quien no solicite el beneficio dentro de la vigencia lo pierde.
Si el valor de tu vehículo es mayor al tope, el subsidio de este Acuerdo no te cubre. Cómo se determina ese valor lo define el Código Fiscal y no se revisó; la consulta de tu caso se hace en el portal oficial de Finanzas de la CDMX.
Ejemplo: eres persona física y tienes un auto cuyo valor con IVA es de $400,000, estás al corriente en tenencia y pagaste el refrendo de 2026. Tu caso entra dentro del tope de $638,000, así que el Acuerdo de 2026 te daba el subsidio de la tenencia siempre que lo solicitaras antes del 31 de marzo de 2026.
Por qué cambian los plazos
Los plazos cambian porque el subsidio no se lee como una regla fija: en los dos años que se revisaron (2024 y 2026) se otorgó por un acuerdo publicado en la Gaceta, con su propio texto. El de 2026 fue emitido en cumplimiento del noveno transitorio del decreto que reformó el Código Fiscal (19 de diciembre de 2025), y su vigencia es la que dice su texto.
Hay un antecedente que muestra que ese plazo se puede mover después de publicado. En 2024, el acuerdo original (del 22 de enero) fijaba el periodo del 1 de enero al 31 de marzo, con un tope de valor de $250,000. La Gaceta del 2 de abril de 2024 lo modificó y amplió el plazo al 30 de abril de 2024. En el acuerdo de 2026 el tope es de $638,000.
| 2024 | 2026 | |
|---|---|---|
| Periodo original | 1 de enero al 31 de marzo | 1 de enero al 31 de marzo |
| Cambio posterior leído | Ampliado al 30 de abril de 2024 | No leído |
| Tope de valor del vehículo | $250,000 | $638,000 (motos: $250,000) |
Lo que se dice de 2026, pero no se pudo comprobar
La prensa reportó que el plazo de 2026 se amplió, pero el texto oficial de esa ampliación no se pudo abrir. Por eso aquí no se afirma ninguna fecha posterior al 31 de marzo de 2026. Si tu pago de 2026 sigue pendiente, la forma de saber qué te corresponde es consultar la Gaceta Oficial de la CDMX o el portal de Finanzas, no este artículo.
Tenencia y verificación están conectadas
Aunque no lo parezca, un adeudo de tenencia puede frenar otro trámite. Los programas de verificación vehicular lo piden: en la CDMX, SEDEMA enlista que el auto no debe tener adeudos de tenencia, infracciones ni sanciones, y en el Estado de México la cita se coteja con Finanzas. Si tienes pendiente la tenencia, conviene regularizarla antes de tu mes de verificación. El calendario por engomado te dice cuándo es.
Qué hacer para no perder un subsidio
- Revisa cada enero si hay un acuerdo nuevo en la Gaceta Oficial de la CDMX; el del año anterior puede no servir de referencia.
- Anota la fecha límite del acuerdo vigente, no la de memoria.
- Confirma tus adeudos de años anteriores, porque es requisito estar al corriente.
- Guarda tus comprobantes de pago de refrendo y tenencia.
Para llevar esas fechas junto con las de verificación y licencia, mira cómo organizar tus trámites con fecha. Y para contar días hasta una fecha límite, el semáforo de verificación vehicular tiene el modo «Otro vencimiento», con una opción para tenencia o refrendo.
Lo que no se pudo confirmar
- El texto oficial de la ampliación de 2026 y el monto del refrendo de 2026.
- Las reglas de tenencia y control vehicular del Estado de México: no se leyó ningún acuerdo oficial, así que no se afirman fechas ni topes.
- Cómo se calcula el valor del vehículo para el tope.


